miércoles, 21 de marzo de 2012

CHILE: Estado chileno, condenado por la CIDH por caso de jueza Karen Atala

Jueza Karen Atala Riffo volverá a sonreír.
Sentencia se da en ejercicio de la CIDH de sus atribuciones y en cumplimiento de sus deberes conforme a la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Chile deberá pagar una indemnización de US$ 60 mil, por daños "material" e "inmaterial" a la jueza Karen Atala Riffo, a quien la justicia de ese país le arrebató a sus hijas por su condición de lesbiana. Así lo determinó una condena de la Corte Interamericana de Derechos Humanos por violaciones a la Convención Americana de DD.HH.

La sentencia indica que el Estado de Chile es responsable por la violación del derecho a la igualdad y la no discriminación consagrado en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en perjuicio de Atala Riffo y de las niñas M., V. y R. (iniciales de las menores).

El fallo afirma además que el Estado chileno es responsable por la violación de derecho a la vida privada, del derecho a ser oído en relación a Atala y de las niñas M., V. y R.; así también por la garantía de imparcialidad respecto a la investigación disciplinaria, en perjuicio de Atala Riffo.

La CIDH señaló que Chile "debe brindar, la atención médica y psicológica o psiquiátrica gratuita y de forma inmediata, adecuada y efectiva, a través de sus instituciones públicas de salud especializadas a las víctimas que así lo soliciten".

Actos públicos, reconocimientos e indemnización

La Corte señala que el Estado chileno deberá organizar un acto público de reconocimiento “internacional” por los hechos del presente caso y en el "plazo de 6 meses" las publicaciones indicadas en la sentencia.

También estará en compromiso de implementar “programas y cursos permanentes de educación y capacitación dirigidos a funcionarios públicos a nivel regional y nacional y particularmente a funcionarios judiciales de todas las áreas y escalafones de la rama judicial".

La condena implica un pago de indemnización “por daño material e inmaterial” y “por el reintegro de costas y gastos”, junto con, dentro del plazo de un año, a partir de la notificación, "rendir al Tribunal un informe sobre las medidas adoptadas para cumplir con la misma".

Así, el Estado chileno deberá pagar US$ 10 mil por los gastos ya realizados en "atención médica y psicológica" y por daño inmaterial deberá cancelar US$ 20 mil a Atala y US$ 10 mil a cada una de las niñas afectadas.

El documento finaliza precisando que la Corte está en permanente supervisión al cumplimiento íntegro de la sentencia y dará por concluido el caso cuando el Estado chileno haya cumplido a cabalidad el fallo. (con información de lanacion.cl y tuits de @ronaldgamarra)

 

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